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2025-06-26 09:27:55 / JUDICIALES
Admiten acusación y elevan a juicio causa a Jaime Andrés Franco, por lavado de dinero
El Juzgado Penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado rechazó el pedido de sobreseimiento definitivo y elevó a juicio oral la causa por lavado de activos contra Jaime Andrés Franco Mendoza, condenado anteriormente a 18 años de prisión por tenencia y comercialización de drogas, por su participación en un operativo en 2012 donde se incautaron 359,2 kg de cocaína.

En esa ocasión, fue considerado líder de una organización dedicada al tráfico internacional.

En 2020, durante una requisa en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, se hallaron en su celda armas blancas, documentos, celulares y una suma considerable de dinero en distintas monedas (174 millones de guaraníes, 12.400 USD, 500 euros y 10 rands). En 2023, otra requisa en la Agrupación Especializada derivó en la incautación de otros 11 millones de guaraníes.

También se analizaron vínculos económicos de personas cercanas a Franco Mendoza, como su expareja Lizzi Ferreira Cantero, quien adquirió vehículos costosos a pesar de su bajo poder adquisitivo.

Según el acta judicial, el agente fiscal Luis Piñánez sostuvo que “el dinero incautado en la requisa del año 2020 en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, más la suma de G. 11.600.000, suma incautada en otro procedimiento en el marco ya de esta causa, constituye dinero en efectivo obtenido de un crimen motivo por el cual se sustenta el presente acto conclusivo”.

La defensa del acusado, Abg. Norma Ivonne Marie Gírala Diez, solicitó el sobreseimiento definitivo, argumentando que “la simple tenencia de dinero en una celda, sin trazabilidad del origen ni acreditación de propiedad exclusiva, no satisface los elementos típicos exigidos por la figura penal acusada, lavado de activos”. También alegó que los hechos base datan del año 2012 y que “han transcurrido más de 10 años entre el hecho base y la incautación del dinero en la celda”.

El Juez Osmar Legal sostuvo que “admitir la viabilidad de un sobreseimiento definitivo en esta etapa procesal, con base en una supuesta inexistencia del hecho punible o insuficiencia probatoria, implicaría desnaturalizar el objeto de la audiencia preliminar y anticipar una valoración propia del juicio oral y público, donde debe desplegarse de manera plena la actividad probatoria, conforme al principio de inmediación”.

“Por lo expuesto precedentemente este Juzgado rechaza el incidente de Sobreseimiento Definitivo planteado en autos por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución”.

“Con relación a las pruebas ofrecidas por la defensa técnica y a que el propio Ministerio Público no se ha opuesto a las mismas, este Juzgado admite todas ellas en su totalidad, en razón de ser las mismas pertinentes para probar el hecho objeto del proceso y por ser relevantes y útiles para el descubrimiento de la verdad”, añadió. 

Antecedentes 

En octubre del año pasado, La jueza de Ejecución, Sandra Kirchhofer, solicitó al Viceministerio de Política Criminal la elaboración de un informe sobre “clasificación de riesgo” respecto al narco Jaime Andrés Franco Mendoza, a los efectos de evaluar su posible traslado de la Agrupación Especializada a una Penitenciaría, con base a un pedido realizado por la Policía. Franco, es requerido por el Brasil y se ordenó su extradición, pero quedó suspendida, hasta que cumpla la condena de 18 años de cárcel en nuestro país.

Además, Franco fue imputado por lavado de dinero, causa originada tras un allanamiento a su celda en Tacumbú, encabezada por Marcelo Pecci y otros fiscales, donde se encontró sumas de dinero en cuatro monedas diferentes.

El Observador




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