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2025-06-27 17:21:16
Estos son los sentenciados que traban ejecución de su condena con chicanas
Raúl Fernández Lippman, exsecretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, condenado a 7 años de cárcel; Enrique García, exdirector jurídico de la Municipalidad de Asunción, sentenciado a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena; Samuel González, exintendente de Arroyito, a 5 años de cárcel por lesión de confianza y uso de documentos no auténticos.

Carlos María Soler, a 4 años de cárcel por extorsión, cohecho pasivo agravado y tráfico de influencias; Roberto Cárdenas, exintendente de Lambaré, a 8 años de cárcel;  Celso Manuel Alvarenga, exdirectivo de la Aso de Funcionarios del Poder Judicial, a 8 años de cárcel y Ostaciano López, exdirector regional del Indert, a 6 años de cárcel, entre otros, los que traban la ejecución de su condena con chicanas. De esto alertó a la Corte, Somos Anticorrupción Paraguay.

La abogada María Esther Roa, presidenta de la Coordinadora de Abogados de Paraguay (Coapy), alertó que a través del sistemático control que realizan en los expedientes emblemáticos de corrupción pública, se han detectado siete expedientes cuyos procesados tienen condenas firmes, pero no están siendo ejecutoriadas: 

Raúl Fernández Lippmann, exsecretario del JEM, condenado el 24 de abril de 2023 a 7 años de cárcel por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, caso audios del JEM; quedó firme el 21 de febrero de 2024. Presentó acción de inconstitucionalidad en febrero de 2024.

Enrique García, excontralor, condenado el 19 de junio de 2023 a 2 años de cárcel con suspensión a prueba de la ejecución de la pena, por producción y uso de documentos no auténticos e instigación a un subordinado a cometer un hecho punible, caso Ivesur; quedó firme el 8 de julio de 2024. Presentó una acción de inconstitucionalidad en octubre de 2021.

Samuel González, exintendente de Arroyito, fue condenado el 18 de marzo del 2022 a 5 años de cárcel por lesión de confianza y uso de documentos no auténticos. Su condena quedó firme el 19 de julio del 2024. Presentó una acción de inconstitucionalidad en setiembre de 2024. 

Carlos María Soler, condenado el 15 de julio de 2022, a 4 años de cárcel por extorsión, cohecho pasivo agravado y tráfico de influencias. Quedó firme el 26 de julio del 2024. Se presentó una acción de inconstitucionalidad en agosto de 2021.

Roberto Cárdenas, exintendente de Lambaré, fue condenado a 8 años de cárcel el 23 de diciembre del 2021 por lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción. Quedó firme el 2 de septiembre de 2024. Se presentó aclaratoria sobre acción de inconstitucionalidad en noviembre de 2024.

Celso Manuel Alvarenga, exdirectivo de la Aso de Funcionarios del Poder Judicial, condenado a 8 años de cárcel por lesión de confianza y estafa el 22 de diciembre de 2021 y quedó firme el 26 de setiembre de 2024.  Se presentó acción de inconstitucionalidad ese mismo mes.

Ostaciano López, exdirector regional del Indert, condenado el 26 de julio de 2023 a 6 años de cárcel por producción de documentos no auténticos y estafa. Quedó firme el 8 de octubre del 2024. Se presentó acción de inconstitucionalidad el 29 de noviembre de 2024. 

NOTA AL PRESIDENTE DE LA CORTE

Roa expuso que esta irregularidad fue comunicada por nota al presidente de la Corte Suprema de Justicia y también a todos los ministros, a través de sus correos institucionales e incluso en formato papel. 

“Lo que ocurre es que en Paraguay no se castiga la corrupción. Primero partimos de la premisa de que el Ministerio Público muy pocas veces imputa. En muy pocas oportunidades nosotros, como ciudadanos, podemos celebrar una condena por corrupción en Paraguay.” 

Añadió que anteriormente, cuando salían las condenas, como en los casos de Enzo Cardozo (MAG), y Froilán Peralta (UNA), etcétera, “por lo menos nosotros teníamos indicios de que esas condenas firmes se ejecutaban, pero de un tiempo a esta parte los procesados y sus abogados recurren a los recursos dilatorios, por ejemplo, la acción de inconstitucionalidad; con una simple acción de inconstitucionalidad que se plantea contra resoluciones de la Sala Penal paralizan parte que paralizan totalmente la ejecución de una condena firme”.

Afirmó que la Corte Suprema de Justicia “no tiene una voluntad de tener una política criminal que nos permita a los ciudadanos descansar y decir ‘la justicia se va a ocupar de esos casos’, no tenemos esa posibilidad los ciudadanos”. 

MAL DESEMPEÑO DE FUNCIONES

En otro momento, alertó que la inejecución de una condena puede representar también mal desempeño de funciones, causal del juicio político para los ministros de la Corte Suprema de Justicia. 

“En todos estos expedientes, lo llamativo es que prácticamente los abogados que abusan del derecho a la defensa nunca fueron sancionados. En muchos casos, los fiscales tampoco presentaron los urgimientos, por ejemplo, para llegar a esa etapa de una condena firme. “Hubo mucho sacrificio de parte de nuestra organización de Somos Anticorrupción y la Coordinadora de Abogados del Paraguay para llegar a esta etapa de conclusión, pero de un tiempo a esta parte lo que nos nosotros nos damos cuenta es que ya prácticamente el Poder Judicial ni siquiera se ocupa en hacer cumplir sus propios fallos y eso es grave. Ese debilitamiento de la administración de justicia se ve en estos casos emblemáticos de corrupción, porque están vinculadas personas con cierto poder político, porque estamos hablando, por ejemplo, de un Raúl Fernández Lippmann, que estuvo en el Jurado de Enjuiciamiento, Roberto Cárdenas, exintendente de Lambaré, o sea que cada una de estas personas que están con esas condenas firmes, tienen una influencia política, lo cual significa de que de alguna forma u otra siguen operando a través de sus influencias para poder abortar la ejecución de sus condenas”, cuestionó.  

“Sinceramente es una burla, porque ellos están en sus casas, en sus quintas disfrutando de sus robos y prácticamente la Fiscalía y el Poder Judicial y se llaman a silencio. De los nueve ministros a quienes le hicimos llegar esas notas que yo te estoy pasando, solamente Gustavo Santander Dans y Manuel Ramírez Candia tuvieron la deferencia de por lo menos mencionar esa irregularidad”, aseveró. 

Comentó además que hace más de tres meses que vienen solicitando a la ministra Carolina Llanes, como presidenta de la Sala Penal, que emita una circular o una acordada para poder solucionar este desfasaje que hay en la ejecución de condenas. 

EXPEDIENTES CAJONEADOS O QUE REBOTAN 

De acuerdo a su análisis, el problema de la ejecución de las condenas tiene dos vertientes: “Por un lado, el Tribunal de Ejecución, cuando recibe la resolución de la Sala Penal, tiene que sortear y remitir al Juzgado de Ejecución, pero qué pasa, una Olga Ruiz, por ejemplo, que tiene varios antecedentes, ella, por ejemplo, es del criterio de consultar a la Sala Constitucional si existe alguna resolución pendiente. Si hay una resolución pendiente en la Sala Constitucional, directamente ella retiene el expediente, tiene en su despacho, no remite.

“En cambio, la doctora Elsa García remite automáticamente cuando llega a la resolución de la Sala Penal que confirma la condena, ella sortea y remite al al juzgado de Ejecución, como hizo en el caso de Carlos Soler, pero el juzgado de Ejecución de Carlos Mendoza, él le remite nuevamente el expediente so pretexto de que todavía hay resoluciones pendientes en la sala constitucional.” 

“Entonces tenemos dos inconvenientes: por un lado los presidentes de los tribunales de Sentencia que interpretan de que si hay una acción de inconstitucionalidad no remiten los expedientes al juzgado de Ejecución y por el otro, los presidentes de tribunales de sentencia que interpretan que sí tienen que enviar aunque tenga una resolución pendiente de Sala Inconstitucional, pero que esos expedientes muchas veces rebotan”, concluyó.

Jueces de Ejecución acompañan “una suerte de impunidad», afirma ministro 

El ministro Manuel Ramírez Candia, advirtió hoy que algunos jueces de ejecución se niegan a recibir expedientes con condenas firmes por corrupción pública, lo que calificó de irregularidad ya que con esta actitud acompañan la impunidad. 

La Corte Suprema de Justicia aprobó una acordada que modifica el sistema de distribución de causas en los juzgados de Ejecución Especializados, en el marco de la reorganización dispuesta por la Ley N.º 6379/19 sobre la competencia en delitos económicos y crimen organizado. La propuesta fue aprobada con una modificación clave del artículo tercero del proyecto, para aclarar que los jueces de Ejecución deben recibir los expedientes incluso ante la existencia de una acción de inconstitucionalidad contra resoluciones de la Sala Penal.

Durante la sesión, el ministro Manuel Ramírez Candia expresó su preocupación por la negativa de algunos jueces a ejecutar condenas firmes, particularmente en causas de corrupción pública. Calificó de irregular el hecho de que los jueces de Ejecución no reciban los expedientes cuando hay una sentencia condenatoria, “específicamente en materia de corrupción pública que se publican, por ejemplo, en el portal.»

Sobre el punto, resaltó que «hay 14 situaciones en donde hay condena, digamos firme, pero los jueces de ejecución no ejecutan por la existencia de una acción de inconstitucionalidad. Creo que los jueces saben la existencia del Art. 17 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, por lo tanto, creo que vale la pena reiterar esta preocupación porque realmente se está acompañando una suerte de impunidad en la materia.”

El Observador




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