Según el texto, para incorporarse a la Fuerza, el candidato no puede "presentar un tatuaje que, en términos de constante detalle de las reglas del Comando Naval, aluda a ideología terrorista o extremista contraria a las instituciones democráticas, la violencia, la criminalidad, la idea o acto libidinoso, discriminación, prejuicio por motivos de raza, credo, sexo u origen o la idea o acto ofensivo para las Fuerzas Armadas, el uso de cualquier tipo de tatuaje en la cabeza, rostro y cara anterior del cuello que comprometa la seguridad del militares u operativos, según lo previsto en un acto del Ministro de Estado de Defensa ”.
El proyecto es de autoría del Poder Ejecutivo.
Firmado por el entonces ministro de Defensa, Fernando Azevedo e Silva, fue presentado al Congreso en octubre de 2020, siendo aprobado por la Cámara doce meses después. En diciembre de 2021, fue aprobado por el Senado.
En una carta oficial al presidente Bolsonaro, en marzo de 2019, Azevedo escribió que el proyecto de ley era necesario porque un Recurso Extraordinario presentado ante el STF estableció la tesis de que "[editar] Las convocatorias a exámenes públicos no pueden establecer restricciones a las personas con tatuajes, salvo situaciones excepcionales. por contenidos que vulneren valores constitucionales ”.
“Así, la Marina no pudo limitar, en una norma interna, los excesos en el uso de tatuajes, incluso aquellos que quitan la uniformidad necesaria en la presentación personal de los militares”, escribió el entonces ministro.
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