El reporte provino del Sistema de Información Legislativa del Congreso Nacional, la Ley 6603/2020 tuvo sanción el 26 de agosto último y su promulgación automática se concretó en la víspera.
Los senadores Stephan Rasmussen, Georgia Arrúa, Amado Florentín, Arnaldo Franco, Fidel Zavala, Patrick Kemper, Antonio Barrios, Esperanza Martínez, Carlos Filizzola y Hermelinda Alvarenga presentaron el proyecto el 30 de julio de este año.
“Los insumos alimenticios adquiridos deberán ser inocuos y variados, de manera a cubrir las necesidades nutricionales para el desarrollo físico y mental de las personas, sobre todo de niños, niñas y adolescentes”, dice el Artículo 2º Inc. A de la citada normativa.
También la ley prevé que las compras se realicen bajo el régimen de excepción, por lo que los concursos de precios o licitaciones probablemente no serán realizados a tal efecto.
Ya el Artículo 8º de la citada ley establece que debe crearse un “sistema de control efectivo de los gastos y la distribución eficiente de los insumos adquiridos con los fondos autorizados” y que se debe asegurar “que los insumos lleguen directamente a las Ollas Populares y cumplir así con el objeto de la misma”.
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