El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) admitió el 29 de agosto la acusación contra la referida agente fiscal, por actos que constituyen inmoralidad en su vida pública o privada, y sean lesivas a su investidura.
Jorge Oviedo Matto, exsenador de la República, había acusado a la fiscal por haber dado falso testimonio el caso de los audios filtrados del JEM.
Los miembros del Jurado concluyeron que no podía ser enjuiciada por testimonio falso, en razón de que no es un hecho de competencia del órgano sino del Ministerio Público, según explicó el ministro Manuel Ramírez Candia, preopinante en esa causa.
Sin embargo, sí fue acusada por el segundo hecho que se le atribuye, actos que constituyen inmoralidad en su vida pública o privada, y que sean lesivas a su investidura. “La acusada ha generado audios que tendrían rasgos de edición, cuyos elementos fueron relevantes en la investigación de la causa penal, causando consecuencias negativas (en el caso a Jorge Oviedo Matto). Se le atribuye a la fiscal haber realizado grabaciones ilegales para atribuirle al acusado un supuesto pedido de coima”, había explicado Ramírez Candia.
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