En la fecha estaba prevista la audiencia para ser oída de la fiscal suspendida Casse Giménez, sin embargo esta no se presentó, por lo que los miembros del Jurado del Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) concedieron la palabra a su abogado defensor.

Al principio, Villalba manifestó que tomaron conocimiento a través de la prensa y redes sociales que Giménez fue suspendida en el ejercicio de sus funciones a causa de este enjuiciamiento por mal desempeño y lamentó que no se le haya dado la oportunidad de ser oída – a pesar de no haberse presentado hoy – antes de que se admita la acusación.

Prosiguió diciendo que la agente Fiscal está a un mes de jubilarse, no tiene ningún proceso pendiente ante el Jurado, no posee antecedentes penales, cuenta con una calificación excelente ante el Consejo de la Magistratura, pero fue interrumpido por el presidente del JEM, Dip. Orlando Arévalo debido a que la audiencia es para oír a la fiscal y no a su defensor.

Tras llevarse a cabo la votación, los miembros del Jurado concedieron la palabra a la defensa, pero le solicitaron que sea concreto y se ciña a argumentos jurídicos.

Villalba retomó la palabra y anunció que presentará un recurso de reconsideración, teniendo en cuenta que Giménez es agente fiscal nombrada, actualmente no puede ejercer la profesión, no puede realizar otra actividad, por lo que su único medio de ingresos es su trabajo.

Entró en detalle sobre el hecho que se le atribuye y resaltó que la ley que rige al JEM, en su artículo 11 establece – y que tuvo que ser objeto de estudio para la admisibilidad de acusación – el plazo de duración, que es de dos años.

Si tenemos en cuenta la fecha que ocurrieron los hechos que se le atribuyen, la causa está totalmente prescrita, debido a que su declaración como testigo ante el Tribunal de Sentencia en el juicio a Jorge Oviedo Matto, se produjo el 24 de noviembre de 2020 y a la fecha ya han pasado dos años y 10 meses, agregó que no se ha demostrado mal desempeño de funciones por lo que la parte acusadora, para subsanar ese error amplía la acusación por un supuesto acto inmoral y este supuesto acto inmoral es todo el contenido de su testimonio, que tiene que ser dirimido ante el Ministerio Público, por tratarse de un presunto hecho punible de Declaración Falsa, que no es competencia del JEM.

También expuso que la causa no se encuentra firme, debido a que se ha presentado por el coacusado y condenado Carmelo Caballero, una acción de inconstitucionalidad y fue admitida por la Sala Constitucional, actualmente en estudio.

En resumen, Villalba criticó el trabajo del fiscal acusador, alegando que la acusación adolece de graves falencias formales y sustanciales, en primer lugar la prescripción de los hechos, la acción de inconstitucionalidad admitida y el informe sobre la Fiscalía General que manifiesta que la sentencia no se encuentra firme.

Entre otras cosas, cuestionó que en la acusación se alegara que el hecho que supuestamente cometió “se toma como notorio y grave”, pero son hechos que ocurrieron más de dos años atrás y además la investigación no inició de oficio, sino fue presentada por un tercero.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por unanimidad admitió la acusación contra la fiscal Casse Giménez, por actos que constituyen inmoralidad en su vida pública o privada, y sean lesivas a su investidura, y además resolvió solicitar a la Corte la suspensión en el ejercicio de sus funciones, debido a la gravedad de los hechos que se le atribuyen, en el marco de la causa sobre Jorge Oviedo Matto por tráfico de influencias.

Se le atribuye haber “generado audios que tendrían rasgos de edición, cuyos elementos fueron relevantes en la investigación de la causa penal, causando consecuencias negativas (en el caso a Jorge Oviedo Matto). Se le atribuye a la fiscal haber realizado grabaciones ilegales para atribuirle al acusado un supuesto pedido de coima”.