El letrado que representa a la criminal alegó enfermedad de Núñez Goiburú para solicitar su excarcelación para supuesto tratamiento médico. Sin embargo, no se justificó suficientemente el pedido, dado que no existen certificados médicos que acrediten las dolencias presuntas, ni completa la edad de 70 años exigidos, no está embarazada y menos en periodo de lactancia para el efecto penal vigente. Hoy día, la condenada cuenta con 51 años y la enfermedad alegada no está probada para otorgar el beneficio requerido por el letrado para su supuesta internación y los tratamientos médicos que requiere la misma.
La mujer fue condenada a 25 años de cárcel, mientras su hijo Héctor Eduardo Martínez Núñez fue sentenciado a 30 años, más 10 por medidas de seguridad, ya que admitió la autoría del infanticidio y confesó el trasfondo pasional, dado que no aceptaba la ruptura de la relación sentimental con una tía de la víctima. A la fecha, la causa aún no está firme ni ejecutoriada debido a un recurso de casación planteada por la defensora pública Lucía Franco, quien al momento representaba a la condenada.
El recurso de apelación fue igualmente rechazado al confirmar la segunda sala penal, la sentencia de primera instancia. En consecuencia, Núñez Goiburú seguirá en el correccional de mujeres Juana María de Lara hasta tanto la máxima instancia resuelva el recurso de casación, pendiente de resultado en la sala penal.
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