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2024-04-16 17:44:25 PM
Denuncian a senadores que restituyeron fueros por atentado contra el orden constitucional
Los abogados Carlos Cabrera López y Esneider Ramón Meza, presidente y secretario de las Asociaciones de Abogados del Interior del Paraguay (UNABIP), denunciaron penalmente a los senadores responsables de la restitución de fueros contra sus colegas procesados, lo que provocó la parálisis de sus causas.

La denuncia es por los hechos punibles de atentado contra el orden constitucional y frustración a la persecución y ejecución penal, contra los senadores Silvio Ovelar (presidente del Senado) Hermelinda Alvarenga, Dionisio Amarilla Guirlad, Norma Aquino Luraghi, Carlos Barrios Fernández, Lourdes Cabrera Peters, Natalisio Chase Acosta, Zenaida Delgado Benítez, Pedro Díaz Verón, Juan Carlos Luis Galaverna, Erico Galeano Segovia (juez y parte), Patrick Kemper, Gustavo Leite Gusinky, Edgar López Ruiz, Derlis Maidana Zarza, Carlos Núñez Agüero, Basilio Núñez, Derlis Alejandro Osorio, Hernán David Rivas (juez y parte), Sergio Rojas Sosa, Lizzarela Valiente, Javier Odilón Vera y Ernesto Javier Zacarías Irún, por los hechos punibles de debido a la restitución de fueros de los senadores Rafael Filizzola, Hernán Rivas y Erico Galeano, situación que causó un conflicto judicial en torno a la prosecución de sus causas. 

Los denunciantes señalan – como cuestión importante – que al leer el texto constitucional, para el desafuero se requiere mayoría absoluta (dos tercios) de los presentes, por lo que el sentido común indica que –si acaso correspondiera revocar esas decisiones- se debe tener esa misma mayoría absoluta para hacerlo. En este caso, procedieron con mayoría simple; la cuestión no merece mayores análisis.

“La cuestión no termina ahí, pues la inconstitucional decisión de estos 23 Senadores que aparentan cumplir con una especie de ley de obediencia debida (inexistente en Paraguay) no solo rompe el equilibrio y la independencia de Poderes, sino además amerita la apertura de una investigación de oficio por parte del Ministerio Público (como casi nunca ocurre en Paraguay)”, advierten los abogados. 

Agregan que al romperse el equilibrio entre Poderes y la independencia del Poder Judicial, “éste y el Ministerio Público en principio –y en apariencia- quedan totalmente impedidos de continuar con el enjuiciamiento de los Senadores que habían sido desaforados a tal efecto y que actualmente se encuentran insólitamente con la reposición de sus inmunidades” y sobre el punto, precisan que la Cámara Alta ya ha hecho llegar a los distintos jueces penales de garantías la comunicación oficial “de su decisión inconstitucional y delictual del pasado 4 de abril de 2024, por lo que ahora los procesos están paralizados”.

A criterio de los denunciantes, la etapa de desafuero ya concluyó y por ende, precluyó. “No hay retroceso posible, no hay ‘reafuero’ o devolución de inmunidades de las que ya fueron despojados los tres Senadores, salvo que sean beneficiados con un sobreseimiento o una absolución en juicio”.

Concluyen que la conducta de los legisladores denunciados es típica pues realizaron el hecho, así como lo describe la norma, con intención de hacerlo, configurándose así los tipos objetivo (acción humana voluntaria del hecho) y subjetivo (dolo, conocer y querer el resultado del tipo) de tal conducta típica. Además, el hecho es antijurídico, pues no existe causal de justificación para ello que esté prevista en la ley penal sustantiva.

Es igualmente culpable (reprochable), pues los denunciados conocen perfectamente la ilicitud de su actuar, eligiendo tal comportamiento en vez de adecuarse a la ley, agravado además esto por su carácter de legislador.

El Observador




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