En cumplimiento al mandato del pleno, otorgado al presidente Óscar Salomón, a quien se le delegó la tarea de designar a sus colegas, previa consulta con los líderes de bancadas, la lista de senadores titulares está compuesta por Lilian Samaniego, Javier Zacarias Irún, José Ledesma, Zulma Gómez, Hugo Richer y Gilberto Apuril.
En tanto que los senadores suplentes son Ramón Retamozo, Carlos Vidal Zena y Jorge Querey.
La Comisión Permanente del Congreso, al término de su actuación, deberá presentar a cada Cámara un informe final de las actividades realizadas durante el tiempo que estuvo activa, y será responsable de las medidas que hubiese adoptado o autorizado.
Para la conformación final de esta Comisión, la Cámara Baja debe designar, a su vez, a doce diputados titulares y seis suplentes.
Deberes y atribuciones
Según reza la Constitución Nacional, en su art. 219, son deberes y atribuciones de la Comisión Permanente del Congreso Nacional: 1- velar por la observancia de esta Constitución y de las leyes; 2- dictar su propio reglamento; 3- convocar a las Cámaras a sesiones preparatorias, con el objeto de que la apertura anual del Congreso se efectúe en tiempo oportuno; 4- convocar y organizar sesiones extraordinarias de ambas Cámaras, de conformidad con lo establecido en esta Constitución; 5- autorizar al Presidente de la República, durante el receso del Congreso, a ausentarse temporalmente del territorio nacional, en los casos previstos en esta Constitución, y 6- los demás deberes y atribuciones que fije esta Constitución.
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