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2021-07-27
Extienden medidas sanitarias hasta el 9 de agosto
El Poder Ejecutivo dio a conocer este lunes el Decreto Nº 5750, por el cual se extienden las medidas sanitarias contra el COVID-19 desde este martes 27 de julio hasta el 9 de agosto.

El Decreto emitido por el Ejecutivo extendiendo las medidas vigentes, establece que los habitantes podrán desplazarse desde las 05:00 hasta las 01:00 horas.

Asimismo, se dispone que podrán operar dentro del horario establecido los siguientes sectores:

- Los comercios con ambientes bien ventilados, con uso permanente de mascarillas y trabajo en cuadrillas.
- Venta de productos por entrega a domicilio o delivery y para pasar a retirar.

- Los locales gastronómicos: con uso de ambientes abiertos o al aire libre, asistentes sentados, uso de mascarillas, dos (2) metros de distancia entre mesas, máximo de ocho (8) personas por mesa con agendamiento previo y no están permitidos los espacios bailables ni barras.

- Las instituciones educativas, en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial.

- Las instituciones de educación superior seguirán con la modalidad de educación a distancia.

El documento establece además que se podrán implementar clases semipresenciales conforme al protocolo aprobado por el MSPBS y cuando cuenten con el parecer favorable del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), cumpliendo las medidas sanitarias y la infraestructura necesaria.

- Se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo de Salud.

- Los Espacios cerrados: Hasta 100 personas

- Espacios abiertos o al aire libre: Hasta 150 personas

- Atletas de alto rendimiento, deportistas federados y seleccionados nacionales deberán ser habilitados para la práctica deportiva y competencias federadas con hisopado.

- Se establece excepcionalmente que el Ministerio de Salud y la Secretaría Nacional de Deportes puedan autorizar la realización de un estudio controlado para evaluar el retorno escalonado del público a los estadios donde se realicen las competencias deportivas federadas, mediante la participación voluntaria y conforme al protocolo previamente aprobado por la cartera sanitaria.

- Se permite la práctica deportiva colectiva de entretenimiento y participación en grupos de hasta 7 personas por equipo.

- Las actividades del sector cultural y creativo, y sus respectivos ensayos, prácticas y actividades de enseñanza se podrán realizar:

- Hasta 150 personas en espacios cerrados con ventilación adecuada

- Hasta 200 personas en espacios abiertos o al aire libre.

Actos de culto:

- Espacios cerrados con ventilación adecuada: hasta 150 personas

- Espacios abiertos o al aire libre: hasta 200 persona.




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