En la Sentencia Definitiva N° 515 del 17 de diciembre de 2021 dictada por las juezas Claudia Criscioni, Yolanda Portillo y Yolanda Morel, se detalla la actuación de los fiscales que se prestaron a la grosera maniobra de RGD. Sin embargo, los agentes del Ministerio Público ni siquiera fueron sumariados en la Fiscalía General y los pocos enjuiciados en el Jurado de Enjuiciamiento están siendo blanqueados. Solo unos pocos son los que siguen con proceso en el JEM.
El fallo refrió que RGD realizó 156 denuncias en distintas sedes fiscales de la ciudad de Luque y del departamento Central.
En sus escritos, González Daher atribuyó a los denunciados la comisión de los hechos punibles de Estafa y Apropiación, sin mencionar que eran préstamos de dinero y que muchos casos ni siquiera eran los deudores sino terceros que firmaron o endosaron cheques que fueron a parar en poder del acusado y que fundamentaron las denuncias.
“Las denuncias que sustentaron la formación de 155 causas penales tenían la finalidad de obligar a los denunciados a pagar la totalidad de las sumas exigidas y muchas de estas personas fueron imputadas y soportaron medidas cautelares de carácter personal e incluso órdenes de capturas, que fueron libradas por los fiscales intervinientes y que eran solicitadas por Ramón González Daher. Utilizaba como fundamento que no lograba encontrar a los denunciados para notificarles la citación a prestar declaración indagatoria”, explicaron las magistradas.
“Esto quedó demostrado con las declaraciones testificales brindadas en juicio y las constancias de las carpetas fiscales producidas por el Ministerio Público, la existencia de los acuerdos de reparación de daño, que eran celebrados luego de la privación de libertad de los denunciados. Esto se demuestra conforme consta a fojas 328/386 del anexo N°12 Unidad N°4 Tomo 1, Luque, en la denuncia realizada por Ramón Mario González Daher en contra de Mirna Elva Bazán Poletti, presentada el 9 de marzo de 2015”, apuntó el Tribunal de Sentencia.
En este caso RGD solicitó la orden de detención de la denunciada por haber cambiado de domicilio y el fiscal Augusto Ledesma Sánchez por resolución N°557 de fecha 12 de abril de 2015 ordenó la detención de la denunciada.
En el expediente conta el acuerdo extrajudicial arribado entre las partes, en la referida causa N°1227/15 y en la causa N°6571/14, Unidad Penal N°2 a cargo de Natalia Fúster, que manejó varias causas.
El Tribunal también hizo referencia a la causa caratulada “Claudia Carolina Yorg Mongelós s/Estafa”, a raíz de la denuncia de RGD ante la fiscala Natalia Fúster. En este caso se llegó a un acuerdo privado entre las partes, como así mismo la orden dictada por el Ministerio Público, que refiere que una vez realizado el pago total se de la desestimación de la denuncia. Luego consta el pedido de extinción del caso por RGD.
La causa N° 6680/16 caratulada “Darío Velázquez López s/estafa, estaba en la Unidad fiscal a cargo de Juan Carlos Ruiz Diaz Parris. En este caso también hay un acuerdo extrajudicial entre el denunciante y denunciado, puntualizó el Tribunal de Sentencia.
El fiscal Néstor Cañete, que no fue confirmado por la Corte en el cargo, tenia numerosas causas mencionadas por las juezas, en donde supuestamente se cometieron varias irregularidades.
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