A través de una nota dirigida al canciller Euclides Acevedo, el gremio señala que la designación de la abogada Zoraya Alas Candia no se enmarca en la Ley Diplomática, además la Cancillería cuenta con suficientes funcionarios capacitados para el servicio exterior.
“La excepcionalidad de estas designaciones implica que necesariamente deben limitarse a los casos en que no existan suficientes funcionarios diplomáticos de carrera para cubrir los cargos presupuestados en la categoría respectiva o cuando, por circunstancias especiales, sea conveniente utilizar estos servicios. Ninguno de ambos supuestos se ajusta a la designación de la señora Alas Candia”, refiere.
Indica además: “La ADEP favorece y apoya las políticas que promuevan la paridad de género en todos los espacios, en particular, en aquellos que permitan una mayor participación de las mujeres en la ejecución de la política exterior; sin embargo, considera que la designación de referencia no responde a este objetivo. Por ello, lamenta que la igualdad entre mujeres y hombres sea invocada en este caso”.
Respecto al cupo político, la Adep recuerda finalmente que el mencionado artículo 10 de la Ley 1335 establece un porcentaje máximo del 20% para este tipo de designaciones en el servicio exterior. “Cabe recordar que, desde enero de 2021 a la fecha, su administración ha designado a 11 personas fuera de los cuadros diplomáticos profesionales, en diferentes rangos y destinos, en detrimento de los ascensos, traslados y rotaciones de funcionarios de la carrera diplomática y consular”, indica el gremio.
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