Refirió que la misma se encuentra en periodo de lactancia, con un bebé de 8 meses a quien debe amamantar y en ese caso, la ley debe garantizar la protección del menor.
El magistrado sostuvo que corresponde la medida y aclaró que al momento que dictó la prisión preventiva para la ginecóloga, no tenía elementos necesarios que constaten que ella estaba en periodo de amamantar, pero ahora se remitió el informe médico y el Tribunal de Apelaciones dispuso el cambio de régimen a prisión domiciliaria.
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