El caso está a cargo del Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Yolanda Portillo, e integrado por los jueces Juan Carlos Zárate y Héctor Capurro, en tanto que la acusación fiscal está a cargo del agente Hernán Mendoza.
Ydolvina trabajaba como empleada doméstica los fines de semana en casa de la víctima. Según la acusación, la mató por asfixia mecánica y golpes, luego simuló haber sido también atada para desviar la investigación.
La víctima fue encontrada atada, amordazada y sin vida. Ydolvina también estaba atada, pero de forma débil y en una posición poco creíble, lo que despertó sospechas. No se hallaron signos de ingreso forzado a la vivienda, que tenía altos muros y portones cerrados con llave.
“Estando en el lugar del hecho fue consultada (la acusada) sobre las circunstancias mencionadas, expresó no recordar detalles ni tampoco “sentir nada” y que al despertarse se encontró atada de manos y pies. Por otra parte, una vez que la testigo Señora Emigdia Cárdenas de Bareiro, llegó al lugar del hecho y al encontrarse con la escena del crimen, pidió ayuda a una vecina(Juliana Benítez de Cañellas) y desataron tanto a la acusada como a la víctima, percatandose que la acusada se encontraba burda y débilmente maniatada en las muñecas en la parte frontal del cuerpo más sin embargo la víctima estaba fuertemente atada con golpes en la cabeza, y ya sin vida”, detalla parte de la acusación fiscal.
En audiencia preliminar se expuso además la declaración del testigo Gustavo Aguilera, este hizo referencia a la seguridad de la vivienda y la dificultad que implica ingresar sin autorización a la misma, a menos que se rompa o se fuerce o exista algún tipo de violencia en los accesos, cosa que en este caso no se dio. “Destacó igualmente el mismo que su madre, la víctima Ada Estela Gaona tenía dos lugares específicos donde se guardaba dinero, uno ubicado en el mueble de la sala en el que tenía un lugar estratégico que hacía imposible encontrarlo y allí guardaba su ahorro; y otro en el ropero de su habitación en el que tenía dinero para su uso corriente”, agrega la querella adhesiva.
Ya en la primera jornada de juicio se escucharon los alegatos de la fiscalía, y se incluyó el relato del testigo Roberto Canella, quien reportó el hallazgo del cuerpo a la policía en abril de 2022.
En etapa preliminar, la jueza Diana Carvallo, consideró que la conducta de la acusada se ajusta a los preceptos jurídicos aplicables son los establecidos en el Art. 105 inc. 1° homicidio doloso, en concordancia con el art 29 inc. 1° del mismo cuerpo legal (autoría). Por su parte el Querellante Adhesivo, luego de realizar el proceso de subsunción de la conducta atribuida a Ydolvina González de Bogarín ha señalado que los preceptos jurídicos aplicables son los establecidos en los artículos 105 inc. 2° num 3 y 4 en concordancia con el Art. 29 inc. 1° del Código Penal, por lo que también se cumple este requisito.-
El Observador
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