Explicó que en el documento se expresa claramente que su aplicación queda a criterio de la Policía Nacional.
“Hay una Ley, 1866, la cual uno de sus artículos, el artículo 6 inciso B dice que se prohíbe el ingreso de estos elementos, son cosas que se pueden utilizar como elementos contundentes”, enfatizó.
Puntualizó que la disposición no es un mero capricho de la Policía sino algo que está claramente establecido en una ley.
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