La resolución fue dada a conocer en la tarde de ayer por el presidente Héctor Capurro, secundado por los miembros Juan Carlos Zarate y María Fernánda García de Zúñiga.
La fundamentación recoge un relato detallado de los hechos acontecidos en la noche del 17 de junio de 2021 en un concurrido club deportivo de fútbol de salón situado en el barrio Obrero de Asunción, como también la competencia territorial de los magistrados para entender en dicha causa.
Los jueces coincidieron en la reprochabilidad en la conducta del ahora condenado, en lo que respecta al robo con resultado de muerte de Marcelo Roque Fernández Balbuena, quien fue ultimado de un balazo en la espalda para ser despojado de su auto.
Para el otorgamiento de la pena mencionada se tuvo en cuenta declaraciones testimoniales, documentales, producción audiovisual con cámaras del circuito del Club Coronel Escurra como de los alrededores, así como las evidencias colectadas fueron determinantes para el efecto.
“Para este Tribunal quedó plenamente probado el hecho de robo con resultado de muerte, según lo establecido en el artículo 168, inciso primero del Código Penal”
En cuanto a la pena, los jueces manifiestaron que en base a dicho tipo penal no se admite una condena menor a los ocho años de cárcel y un máximo de 30 años, según lo establecido en el artículo 38 del Código Penal
“Teniendo en consideración esta circunstancia y analizando la medición de la pena, tenemos en cuenta el artículo 3 CP, sobre principio reprochabilidad y el artículo 19 de sobre principio proporcionalidad ”
De esta manera la condena quedó fijada en 20 años de cárcel, más otros cinco de medidas de seguridad por contar con antecedentes por robo agravado
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