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2024-07-09 12:46:49 /
Para Tribunal persiste peligro de que intendente acusado de Pto. Casado coaccione a testigos
El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos integrado por Elsa García, Matias Garcete y Adriana Planas confirmó el AI dictado por el juez Rodrigo Estigarribia con relación a las medidas decretadas al intendente de Puerto Casado, Hilario Adorno, en donde se le prohíbe acercarse a la Municipalidad, por manifestaciones del Ministerio Público, de que el mismo que estaría coaccionando a los testigos (concejales).

En el recurso planteado por el abogado Emilio Camacho, niega la presunta coacción a los ediles del alto chaco, asegura además que siempre estuvo sometido al proceso y agrega un ofrecimiento de fianza, superior al supuesto perjuicio al Estado, es decir la causa es por G 50 millones en tanto que la fianza real de inmueble supera los G 417 millones

“En ese dia de Ia audiencia, el fiscal planteó aumentar el gravamen de medidas cautelares, señalamos expresamente, que de concederse esa medida iba a ocurrir lo siguiente: La Junta Municipal iba a nombrar en menos de 6 días un encargado de despacho, en menos de 20 días, un Intendente interino, dicho y hecho a los “6 días del alejamiento, nombran encargado de despacho, y a los 20 días un Intendente interino, lo que demuestra, señoría, que el pedido fiscal era ilusamente para facilitar esa salida”, concluye el texto en el cual califican la prohibición de arbitraria, innecesaria e inconstitucional.

Los magistrados sostienen que el Juzgado Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos, impuso medidas alternativas a la prisión al acusado. En este caso, en cuanto a la prohibición de acercamiento a la Municipalidad de Puerto Casado, teniendo en cuenta que el acusado podría influir en los testigos ofrecidos por el representante del Ministerio Público y que fueron aceptados en el auto de elevación a juicio y  para este Tribunal Colegiado a la fecha no han variado las condiciones por las cuales fueron impuestas las medidas cautelares.

“En cuanto a la caución real ofrecida por la defensa técnica hemos encontrado que no se ha discutido, ni ha sido objeto de cuestionamiento ell peligro de fuga del procesado, por lo que dicha caución deviene improcedente, teniendo en cuenta que no se discute el peligro de fuga; en ese sentido, reiteramos que no existen elementos nuevos que hagan va¡ia¡ las medidas impuestas al acusado, siendo razonable por los argumentos expuestos mantener dicha medida, Atento a lo brevemente expuesto, este Tribunal Colegiado considera improcedente el levantamiento de la prohibición de acercamiento planteado por la defensa”, señala la resolución 

Antecedentes

El juez Rodrigo Estigarribia elevó a juicio oral la causa al intendente de Puerto Casado, Hilario Adorno, por lesión de confianza y administración en provecho propio, específicamente el pago de un vehículo 0 Km con dinero de la Comuna. Además se le prohíbe acercarse a la Municipalidad, por manifestaciones del Ministerio Público, de que el mismo estaría coaccionando a los testigos (concejales).

Este fue el resultado de la audiencia preliminar realizada este viernes, en donde se analizaron dos acusaciones, relacionadas a la adquisición del vehículo citado, como la autoasignación de salarios de forma adelantada.

Estigarribia aclaró que durante esta diligencia se analizaron dos acusaciones una por lesión de confianza y otra por administración en provecho propio, en este último caso se dispuso el sobreseimiento en atención a que no se encontraron elementos para atribuirle dicho penal, específicamente la autoasignación de 3 meses de salario.




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