Para desarrollar dicho plan, la Corte Suprema informó a través de un comunicado que serán comisionados jueces penales de garantías para la ejecución.
Esta disposición afecta a procesos iniciados por la comisión de hechos punibles en transgresión del artículo 10 de la Ley N° 716/96 referentes a la violación de cuarentena sanitaria dispuesta por decreto del Poder Ejecutivo y otros tipos penales tipificados como delitos.
Los jueces comisionados se abocarán exclusivamente a la depuración de 14:00 a 17:00 hs, sin que dicha actividad afecte a sus funciones en sus respectivos juzgados, en horario matutino.
Los casos sobre Covid-19 que ya están siendo tramitados ante los Juzgados Penales de Garantías ordinarios, se dispuso que también sean remitidos a los Juzgados de Depuración.
La CSJ comunicó también que todas las imposiciones económicas dispuestas por los Juzgados, a través de salidas procesales, serán destinadas a la compra de insumos o materiales necesarios para el combate a la pandemia.
Por consiguiente, habilitarán una cuenta corriente judicial en el Banco Nacional de Fomento, para el depósito de las daciones que surjan de las decisiones adoptadas por los jueces, y estará a disposición del Ministerio de Salud.
Los magistrados encargados de la depuración, elaborarán un listado de las causas tramitadas con la especificación de la salida procesal otorgada, las obligaciones impuestas, los montos de las donaciones resueltas y el destino de las mismas, que será remitido a la Secretaría General de la Corte Suprema todos los lunes.
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