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2025-06-27 10:41:06 / JUDICIALES
Postergan juicio oral para excandidato presidencial Paraguayo «Payo» Cubas
A pedido de la defensa, el Tribunal de Sentencia, con voto en mayoría, postergó el juicio del excandidato presidencial Paraguayo Cubas hasta tanto la Sala Constitucional de la Corte se expida sobre una acción planteada contra el fallo que ordenó que jueces de Asunción juzguen al acusado.

Los jueces Héctor Capurro y Cristian González hicieron lugar a la reposición de la abogada Gessy Ruiz Díaz contra la convocatoria del juicio, que estaba previsto para los días 17 y 18 de julio.

La abogada Gessy Ruíz Díaz, defensora del excandidato presidencial Paraguayo “Payo” Cubas, informó que presentaron un recurso de reposición y apelación en subsidio contra la convocatoria al juicio oral y público fijado para los días 17 y 18 de julio. Además, confirmó que promovieron una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia contra un fallo que, a su criterio, vulnera derechos fundamentales.

Según explicó Ruíz Díaz, el cuestionamiento se centra en una resolución del tribunal de apelación que revocó una decisión anterior del mismo tribunal de sentencia, el cual se había declarado incompetente ante una excepción planteada oportunamente por la defensa. “La apelación revocó una decisión que ya había sido adoptada y lo hizo sin analizar adecuadamente las circunstancias procesales”, sostuvo.

La abogada alegó que la excepción de incompetencia fue planteada antes del inicio formal del juicio oral y no extemporáneamente como argumentó la Fiscalía. “Eso no se ajustaba a la realidad procesal. El tribunal de alzada no analizó el contexto ni la temporalidad real en que fue presentada nuestra excepción”, remarcó.

Ante esa situación, la defensa solicitó la aplicación del artículo 559 del Código Procesal Civil, que permite suspender procedimientos cuando se impugna una resolución con fuerza de sentencia. “Estamos ante una decisión que impone a un tribunal que ya se había declarado incompetente. Eso tiene implicancias serias porque, si se iniciara el juicio y luego la Corte declara la nulidad de esa resolución, estaríamos ante una grave afectación al debido proceso”, alertó.

Actualmente, la acción de inconstitucionalidad promovida por la defensa aún no fue estudiada ni admitida formalmente por la Sala Constitucional. Tampoco se ha expedido sobre las medidas cautelares solicitadas. Pese a ello, el tribunal de sentencia decidió hacer lugar al pedido de la defensa, suspendiendo la convocatoria al juicio oral hasta que la Corte se pronuncie.

La letrada resaltó que uno de los miembros del tribunal expresó que no se trata de un asunto “secundario”, sino de una cuestión central como lo es la competencia del juzgado. Por ello, consideraron prudente esperar una definición constitucional antes de continuar con el proceso.

Respecto a la situación personal de Payo Cubas, la defensa indicó que mantiene medidas alternativas como la comparecencia trimestral ante el juzgado, anteriormente mensual, la prohibición de cambiar de domicilio y otras reglas básicas de conducta.




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