También se ratificó la misma medida respecto a Erick Fernando Martín Vásquez Loza. «La medida dispuesta se halla conforme a las garantías para los imputados y ha tenido su consentimiento en la audiencia respectiva, asumiendo la obligación de cumplirla en la dirección indicada, por ello, su intención de modificarla no procede», señala el fallo.
La defensa técnica, encabezada por el abogado Alejandro Villamayor, había solicitado sustituir el arresto domiciliario por medidas menos gravosas, alegando motivos de salud, maternidad y cumplimiento de obligaciones económicas contractuales. Sin embargo, el tribunal consideró que los fundamentos presentados no constituían hechos nuevos que ameriten modificar la situación procesal de los imputados.
El expediente señala que Montego Trading S.A. operó el sitio web crowncityplay.com.py y al menos seis locales físicos en el país, generando perjuicio al erario público al eludir la regulación estatal y pagar cánones no actualizados. Los imputados enfrentan cargos por violación de la Ley N.º 4716/2012, que regula la explotación de los juegos de azar en Paraguay.
En su fallo, la Alzada recordó que el arresto domiciliario fue impuesto en abril del 2025 como una medida alternativa a la prisión preventiva y que sigue vigente debido a la falta de elementos que alteren las circunstancias originales. Asimismo, se señaló que el estado de salud de los procesados y otras condiciones personales ya estaban vigentes al momento de la imposición inicial de la medida.
Los camaristas destacaron la necesidad de garantizar la sujeción de los imputados al proceso penal, especialmente ante el riesgo de obstrucción de la investigación. También advirtieron que el incumplimiento del arresto domiciliario podría derivar en la ejecución inmediata de la prisión preventiva, tal como establece la normativa vigente.
La audiencia de acusación ha sido programada para el 08 de octubre de este año. Hasta entonces, los procesados deberán seguir cumpliendo con las condiciones impuestas y no podrán abandonar el domicilio registrado sin autorización judicial.
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