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2023-02-08 10:06:48 AM
Sala Penal confirma prisión de Granada en caso acoso y otros
La Sala Penal de la Corte Suprema, integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, declaró inadmisible la casación presentada por la defensa del periodista Carlos Granada, imputado por acoso y abuso sexual y otros. De esta manera, confirma la prisión del procesado que fue decretada por juez y después ratificada por una Cámara de Apelaciones.

El abogado Álvaro Arias interpuso recurso de casación contra la resolución del juez Julián López que decretó la prisión de Granada, y contra la decisión de la Cámara de Apelación, Tercera Sala, que confirmó la disposición del magistrado de garantías.

“Examinado el fallo cuestionado, se advierte que dicha resolución, no se halla contemplada dentro de los presupuestos establecidos en el artículo citado precedentemente. Es decir, es un Auto Interlocutorio que no pone fin al procedimiento porque – CONFIRMÓ el recurso de apelación general, motivo por lo cual corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por el impugnante”, manifestó el ministro Luis María Benítez Riera, preopinante.

“En elevada síntesis, si bien el auto interlocutorio impugnado cumple con el requisito de emanar de un Tribunal de Apelaciones, definitivamente, la misma no se encuentra en el catálogo de resoluciones atacables, a tenor de lo establecido en el artículo 477, ya que la resolución mencionada, no tiene efecto, ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena”, manifestó por su parte la ministra Llanes, al decir que corresponde declarar inadmisible el recurso deducido por la defensa.

El ministro Manuel Ramírez Candia se adhirió al voto de su colega Llanes, con lo cual por unanimidad se declaró inadmisible la casación y en consecuencia se confirmó la prisión de Granada, que fue decretada por el juez Julián López y ratificada por una Cámara de Apelaciones.




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