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2025-06-25 21:44:52
Corte Suprema modifica reglas para que no se sigan “cajoneando” sentencias firmes
El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Manuel Ramírez Candia, alertó nuevamente sobre una conducta irregular reiterada en los juzgados de Ejecución Penal, los cuales se niegan a recibir expedientes con sentencias firmes en casos de corrupción pública, amparándose en acciones de inconstitucionalidad pendientes.

Durante la sesión plenaria de la Corte, Ramírez Candia sostuvo que existen al menos 14 causas con condenas definitivas que no están siendo ejecutadas debido a que los jueces de Ejecución alegan la existencia de impugnaciones constitucionales contra resoluciones dictadas por la Sala Penal del máximo tribunal.

«Realmente se está acompañando una suerte de impunidad en la materia» advirtió el ministro, al reiterar que las resoluciones de la Sala Penal no pueden ser objeto de acciones de inconstitucionalidad, conforme lo establece el art. 17 de la Ley Nº 609/95, que regula la organización de la Corte Suprema de Justicia.

Ante esta situación, la Corte Suprema aprobó con modificaciones un proyecto de acordada que busca corregir este vacío operativo dentro del sistema judicial. El documento introduce cambios al sistema de distribución de causas en los Juzgados Especializados en Delitos Económicos y Crimen Organizado, con el fin de garantizar que los juzgados de Ejecución reciban y procesen los expedientes sin demoras indebidas.

Ministro de la Corte Gustavo Santander Dans

La iniciativa fue presentada por el ministro Gustavo Santander, quien propuso la modificación específica del art. 3º del proyecto, para aclarar expresamente que la existencia de una acción de inconstitucionalidad no puede impedir el ingreso de las causas a los juzgados de Ejecución, especialmente si se trata de resoluciones de la Sala Penal.

“Hay numerosas causas en cajones de juzgados, esperando ejecución cuando ya existe una condena firme. Esto no puede seguir así” enfatizó el ministro Gustavo Santander, quien recordó que las resoluciones de la Sala Penal no pueden ser impugnadas por inconstitucionalidad, de acuerdo con la normativa vigente.

El nuevo enfoque de la acordada busca poner fin a esta práctica judicial que, según señalaron los ministros, favorece a la impunidad en causas sensibles como las de corrupción pública. La preocupación fue compartida también por otros miembros del pleno, quienes respaldaron la propuesta de modificación y señalaron la necesidad de establecer con claridad las reglas para la ejecución de sentencias firmes.




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