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2024-04-09 13:00:15 PM
Fiscales afirman que acto legislativo es nulo y tiran el fardo a los jueces
Los fiscales de las diferentes causas coincidieron en que la decisión del Senado de devolver fueros a parlamentarios es nula. Mencionaron que la resolución colisiona con los art. 248 y 137 de la CN.

El Ministerio Público, por instrucciones del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, ya dejó en manos del Poder Judicial que se pronuncien respecto a la devolución de los fueros de los senadores Erico Galeano, Hernán Rivas y Rafael Filizzola.
Fueron los fiscales Silvio Corbeta, Natalia Fuster (ambos de la Unidad de Anticorrupción) y Patricia Sánchez los que solicitaron en varias instancias del Palacio de Justicia que los jueces y ministros saquen una postura.

Hablan de que el “des-desafuero” es nulo, por chocar con la Constitución Nacional.

El Congreso, con 23 votos de senadores, el pasado 5 de abril había determinado revocar la decisión que habían tomado de desaforarles a los legisladores.

Todo esto, como un apriete para que los parlamentarios cedan en quitarle los fueros al ex presidente Mario Abdo Benítez, según confirmó el senador Basilio Bachi Núñez.

GALEANO. El fiscal Silvio Corbeta –quien el 24 de mayo debe acusar o presentar otro requerimiento conclusivo contra el senador Erico Galeano– pidió un pronunciamiento al juez del Crimen Organizado Osmar Legal, el ex fiscal que había llevado varias causas contra el líder del Partido Colorado, Horacio Cartes, sin imputarlo.

“Estas resoluciones estarían en colisión con la Constitución”, señaló Corbeta.

En el artículo 248 de la Carta Magna habla de la independencia del Poder Judicial y que “en ningún caso, los miembros de los otros poderes, ni otros funcionarios, podrán arrogarse atribuciones judiciales que no estén expresamente establecidas por esta Constitución, ni paralizar los existentes, ni intervenir en los juicios”.

Según la ley, “actos de esta naturaleza conllevan nulidad insanable”.

También citó el artículo 137, donde dice que “carecen de validez las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución”.

Erico está imputado por lavado de dinero y asociación criminal, ligado supuestamente al grupo liderado por Miguel Ángel Insfrán y Sebastián Marset, ambos presuntos narcotraficantes.

RIVAS. Respecto a Rivas, imputado por la presunta falsificación de su título de abogado, la fiscala Patricia Sánchez también solicitó el pronunciamiento jurisdiccional al Tribunal de Apelaciones.

Citó que la decisión del Senado afectaría el curso del proceso penal.

FILIZZOLA. Por su parte, la fiscala Natalia Fuster pidió a la Sala Constitucional de la Corte un pronunciamiento, “pues por la misma se paraliza la presente causa” y que estos aspectos la Constitución Nacional declara de “nulidad insanable”.

“Al ser de ningún valor, no deberían afectar el presente proceso, por lo cual el pronunciamiento resulta esencial”, dijo Fuster.

Filizzola está acusado por el caso conocido como comisarías de oro, que habría ocasionado un perjuicio que rondaría los G. 1.200 millones, cuando se desempeñaba como ministro del Interior.

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Silvio Corbeta, fiscal.

Caso del senador Erico Galeano

El fiscal Silvio Corbeta solicitó un pronunciamiento jurisdiccional al juez Osmar Legal respecto a la resolución del Senado de revocar el desafuero de Erico Galeano. Confirmó que para él, la decisión del Congreso tiene “efecto de paralizar la tramitación procesal”, y que es contraria a dos artículos de la Constitución; por lo tanto, consideró que “es nulo y sin ningún valor”.

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Patricia Sánchez, fiscala.

Causa contra Hernán Rivas

La fiscala Patricia Sánchez –quien imputó al senador Hernán Rivas– pidió al Tribunal de Apelaciones que se pronuncie también sobre la resolución de la Cámara Alta, de devolverle sus fueros. En un documento, estableció que el dictamiento de la decisión choca con lo que establece la Carta Magna y que esto “afectaría el curso del presente proceso penal”.

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Natalia Fuster, fiscala.

Sobre el senador Rafael Filizzola

La fiscala Natalia Fuster, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos, solicitó directamente a la Sala Constitucional de la Corte un pronunciamiento, porque consideró que “por la misma se paraliza la presente causa y pone en ascuas su continuidad” y que estos aspectos la Constitución Nacional declara de nulidad insanable. Dijo que la decisión es de “ningún valor”.




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