Entre las registradas se encuentran diferentes tipos de empresas y microempresas. Estas patronales emplean un total de 24.475 trabajadores, de los cuales 15.304 son hombres y 9.171son mujeres.
Estas empresas cumplieron de esta forma con la obligación legal de registrarse en el Ministerio de Trabajo e ingresaron en la nómina de firmas formalizadas.
Cabe resaltar que desde el 9 de marzo del 2020 al 31 de diciembre del mismo año un total de 4.012 empresas se registraron, emplean a 14.533 trabajadores y del 1 de enero del 2021 al 3 de setiembre del presente año se anotaron 4.195 empresas, con 9.942 empleados.
De acuerdo al Decreto 8304 en su artículo N° 3, se establece que todos los empleadores deben inscribirse en la Dirección de Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo en un plazo máximo de 60 días desde el inicio de la relación laboral. En el caso de que los empleadores habiliten sucursales, se deberá inscribir a cada una de ellas.
La inscripción de Obrero Patronal podrá realizarse en la Dirección de Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo o a través de la página web institucional (www.mtess.gov.py) y en el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE), que funciona en el Ministerio de Industria y Comercio.
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