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2023-03-28 11:07:46 AM
Consejo designa a Kronawetter ante el JEM con voto del significativamente corrupto Jorge Bogarín
El Consejo de la Magistratura aprobó la moción por la cual, Kronawetter representará a la institución ante la instancia encargada de analizar las actuaciones de jueces y fiscales.

Este martes se retomó la sesión ordinaria del lunes 27 de marzo en el que quedó pendiente el tratamiento de la vacante en el JEM, luego de que Jorge Bogarín, designado como significativamente corrupto por el Gobierno de los Estados Unidos, haya pedido permiso y fuera aceptado por el pleno. 

Además de Kronawetter, fue designado el Dr. Gustavo Miranda como sustituto para los casos de excusación y recusación de acuerdo a lo establecido en la la ley 6814/21.

Durante la sesión se procedió a la lectura del dictamen de asesoría jurídico, esto luego de que el Dr. César Rufinelli haya cuestionado la moción de Kronawetter en atención a que anteriormente ya había sido designado como suplente.

Dicho dictamen 30/2023 consigna que el permiso solicitado por Bogarín y aceptado por el pleno, para la asesoría corresponde designar un reemplazante.

“Los miembros del jurado serán designados por simple mayoría de votos de los ministros de la Corte, Senadores, Diputados y el Consejo, se tiene entonces que en concordancia del CN, la ley del JEM establece que los representantes del CM serán designados por simple mayoría de votos”

“En cuanto a las recusaciones y excusaciones, el artículo octavo establece que los miembros del jurado sólo pueden excusarse y ser recusados por causales previstas en la ley,”

“El artículo octavo regula la función del sustituto que lo limita para excusaciones y recusaciones, es importante resaltar que en la ley no se encuentra comprendida la palabra suplente que en esta asesoría la interpreta como sinónimos”

De acuerdo a los artículos referenciados la función del sustituto se desarrolla en el marco de una recusación o recusación, para los demás lo regula el artículo noveno, que en caso de renuncia, permiso vacancias o muerte, cada órgano designará al reemplazante que completará el periodo de duración.

Precisamente este dictamen fue atacado por Rufinelli, argumentando que se violentaron principios de legalidad y legitimidad.

“Me permito disentir con el dictamen considero como también se dijo el dictamen no es vinculante, un órgano colegiado ni un dictamen es vinculante, me preocupa la situación que se plantea, no tengo ningún reparo hacia el colegia ni ningún miembro del consejo, me preocupa la legalidad y la legitimidad, hablando de respetar la legalidad, en base a sinónimos, la realidad nos indica otra cosa, necesitamos un jurado de enjuiciamiento de magistrados, que haga historia, como se requiere con transparencia, la transparencia tiene que ir acompañada de legalidad y  legitimidad si vamos alterar el orden de legalidad, para que nos llenamos el corazón con los deseos de transparencia y legalidad aquí la suerte ya está echada.” 

Tras exponer su parecer, Rufinelli primeramente se abstuvo de dar votación para la elección del nuevo representante ante el Jurado y posteriormente presentó renuncia como miembro suplente.

“Con respecto a los cuestionamientos, el presidente Oscar Paciello sostuvo que “no se trata de restar entidad a la disposición legal o actuar de manera incorrecta, de no prever un escándalo jurídico, eso lo resolveremos después si es que corresponde.” 

En similares términos se expresó el ministro Eugenio Jiménez Rolón “en este caso la representación especial sirve para el caso especial para el cual está establecido legalmente, rige para suplir en caso de excusación y recusación, por tanto yo con el respeto que le tengo al Dr. Rufinelli, debo disentir de sus argumentos, sigue siendo representante para los casos de recusación y recusación y la utilización de una palabra no puede servir para modificar toda la estructuración legal.”




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