El pedido fue al contestar el traslado que se corrió en el recurso extraordinario de casación promovido por los abogados querellantes Martín Barba y Rodrigo Cuevas, representantes de la familia del niño fallecido en el Sanatorio Migone.
En el mismo caso, las fiscalas Nathalia Silva, Luz Guerrero y Sara Torres también habían promovido recurso extraordinario de casación en contra del acuerdo y sentencia 85, del 17 de diciembre del 2024, del Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala.
Este fallo, en mayoría, los camaristas habían ratificado la resolución dictada en el juicio oral el 23 de julio del 2024, por el cual los jueces absolvieron de culpa y reproche a la médica Laura Andrea Sena Figueredo, acusada por supuestos hechos de homicidio culposo y omisión de auxilio.
El fiscal adjunto señala que el recurso es admisible para su estudio. Además, ya sobre el fondo de la cuestión, señala que el dictamen pericial realizado por la Junta Médica fue valorado en forma sesgada, y que tampoco se atendió la queja sobre la validez de las declaraciones de los médicos Nancy Garay, Lissa Samudio y Pablo Lemir.
También refiere que el fallo tiene fundamentación insuficiente, se violó el principio de la sana crítica. Además, resaltaron los puntos de que los médicos decidieron cambiar la opinión que habían concluido de forma inicial.
De esta manera, refieren que la resolución del Tribunal de Apelación Penal es nula. A más de esto, por decisión directa, también pide anular el fallo dictado en el juicio oral, con lo que se debe disponer el reenvío del juicio oral.
El caso debe ser estudiado por los ministros de la Sala Penal Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes.
Paralelamente, los abogados querellantes habían planteado una acción de inconstitucionalidad en contra de la decisión de sobreseer definitivamente a los médicos María de Fátima Bastos Ausfeld, José Manual Ovando y Óscar Feliciano Cabrera Román, tras ser imputados por la muerte del niño de dos años.
Los mismos habían sido imputados inicialmente por omisión de auxilio, pero las fiscalas Nathalia Silva y Luz Guerrero solicitaron el sobreseimiento definitivo por duda. Se le dio el trámite de oposición y fue ratificado por la Fiscalía General.
Finalmente, se dio el sobreseimiento definitivo de los tres. Sin embargo, en la acción se cuestiona que fue el fiscal adjunto el que contestó el trámite de oposición, y no el fiscal general del Estado.
Según la acción, debe ser Emiliano Rolón el que debe contestar el trámite de oposición y no uno de sus adjuntos. Esperan el fallo de la Sala Constitucional de la Corte.
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