De las 3.943 causas penales ambientales verificadas en todo el país, apenas 1% terminó en condena, mientras que el 84% de las medidas impuestas a los imputados carecieron de criterio ambiental. Los datos abarcan expedientes tramitados en 17 circunscripciones judiciales, incluyendo Capital, Alto Paraná, San Pedro, Misiones y Boquerón, entre otras. “El informe expone que el 50% de los casos están relacionados con violación de veda pesquera y cuarentena sanitaria, seguido por incumplimiento de medidas de mitigación (9%) y tala o quema de bosques (5%)”, detalló Ríos.
En cuanto a la resolución de los casos, se observa un 31% resuelto mediante criterio de oportunidad, 19% con suspensión condicional del procedimiento, mientras que sólo el 1% culminó en condena. Para el ministro Ríos, esto es alarmante. “No soy punitivista, pero llama la atención. En delitos comunes la tasa de condena es mucho mayor. Aquí se afecta el derecho al medioambiente y la respuesta penal es mínima.”
Uno de los datos más llamativos es que, pese a tratarse de delitos ambientales, la mayoría de las sanciones impuestas no guardan relación con la reparación del daño ecológico. “En el 84% de las causas no se aplicó ningún criterio ambiental. En muchos casos, las sanciones consistieron en donaciones a hospitales o entidades benéficas. Sólo el 1% de las medidas implicó recomposición ambiental”, advirtió Ríos.
“Destruiste un arroyo, deforestaste ilegalmente y la sanción es donar computadoras a una escuela. Está bien donar, pero eso no repara el daño ecológico. Es una cuestión de vida o muerte para la humanidad”, sentenció.
Por su parte, la ministra Carolina Llanes insistió en que este relevamiento debe servir como base para una reforma urgente. “Propongo remitir este informe a la Oficina Técnica Penal para delinear una política criminal específica sobre delitos ambientales. No puede tratarse simplemente de una reparación simbólica. La reparación debe ser concreta, relacionada al daño causado”
El ministro Eugenio Jiménez Rolón fue incluso más enfático al cuestionar la utilidad de las sanciones simbólicas, afirmando que “Donar computadoras no es suficiente. Para mí no está muy bien, está muy mal. Se necesita un cambio de criterio urgente.”
El informe también reveló que en el 78% de las salidas procesales las sanciones fueron donaciones a instituciones, mientras que sólo el 2% incluyó servicios comunitarios y apenas 1% acciones de recomposición ambiental, tal como exige el art. 8 de la Constitución Nacional.
El ministro Víctor Ríos concluyó remarcando que se continuará profundizando el análisis de estas cifras y que la Corte espera que estos datos no queden en el papel, sino que sirvan como base para reorientar el tratamiento judicial de los delitos contra el ambiente.
“La justicia ambiental no puede seguir siendo un formalismo sin impacto. La naturaleza no espera y nosotros tampoco deberíamos”
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